PROPUESTA PLENO DE MARZO 2021: DRONES

25 marzo, 2021

PROPUESTA  MARZO DE 2021 AL PLENO DE LA CORPORACIÓNQUE PRESENTA  EN EL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ , SOBRE LA POSIBLE UTILIZACION DE “RPA” (Remotely Piloted Aircraft), “DRONES” COLOQUIALMENTE LLAMADOS, EN EL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ.

 

A finales del siglo XIX, el 8 de noviembre de 1898, el científico serbio Nikola Tesla obtuvo la patente de un método y un aparato para controlar el mecanismo de movimiento de buques o vehículos denominado Teleautomatón y en 1915, propuso al Reino Unido el concepto para una flota de vehículos aéreos no tripulados, materializándose la idea en el denominado «Aerial Target» o «AT Project», ideado para la defensa contra zeppelines y como armas dirigidas.

Ha venido evolucionado desde entonces hasta que, en 1931, fue aprobado con éxito el primer UAV llamado «Queen Bee», o cuando, en el año 1936, se les dio la denominación de «Drone» (abejorro), por parte de la Marina de los Estados Unidos de América. Tal ha sido el progreso experimentado por estos dispositivos voladores que, ya en el año 2012, se estimó que el 31% de la flota de aeronaves de las Fuerzas Armadas norteamericanas estaba constituida por estos modernos y sofisticados aparatos.

A partir del año 2010, se observó un cambio ostensible en el uso de los RPA’s; cuando se volvieron más pequeñas y más asequibles para el público en general, pasando de ser de uso principalmente militar a extenderse para usos civiles; tanto comerciales como recreativos.

A día de hoy, tal como se expone en el Plan Nacional Plan estratégico para el desarrollo del sector civil de los drones en España 2018-2021, el incremento de estos dispositivos está siendo exponencial, tanto que en EEUU las ventas de los fabricantes de drones en 2017 ascendieron aproximadamente a 3.800 millones de dólares de los cuales aproximadamente el 4% se corresponden con el sector civil y que la República Popular de China exportó en 2016 bienes relacionados con el sector de las aeronaves no tripuladas por valor de 413 millones de dólares.

De manera similar al inicio de otras revoluciones técnicas o tecnologías, la proliferación de estos dispositivos generará por un lado innumerables comodidades y mejoras en nuestra calidad de vida, en el marco laboral, de emergencias, sanitario, comercial, etc., si bien, estas mejorías poseen otra cara menos amable que también repercute en otros campos de nuestra cotidianidad, como sería principalmente el de nuestra seguridad en el espectro más amplio del concepto; dado que, su uso, puede tener afectaciones, entre otros, al derecho al honor, la intimidad y a la integridad física o moral, e igualmente, puede generar una tremenda influencia en sectores tan específicos como el de nuestra protección, ya sea a través de procedimientos dentro del ámbito de la protección civil, el medio ambiente, la seguridad pública (donde incluiríamos por supuesto a la seguridad aérea y otras, como la de los transportes, la industrial, etc.), la seguridad ciudadana o la defensa nacional. Resulta necesario, por tanto, implementar los correspondientes instrumentos normativos y las herramientas o procedimientos apropiados, tanto para un adecuado uso de estos dispositivos, como para el control y supervisión de dicho uso.

En 2014 el Parlamento Europeo y el Consejo de Comunicación sobre «Una nueva era de la aviación», presentaba la intención de abrir el mercado de la aviación al uso civil de sistemas de aeronaves pilotadas de forma remota de manera segura y sostenible, ya preveía que estuviesen en funcionamiento una serie de categorías diferentes de aeronaves diversas en tamaño, rendimiento y tipo, muchas pilotadas de forma remota o completamente automatizadas. La Unión Europea pronosticó que un fenómeno como el de las aeronaves tripuladas por control remoto (RPA), tendría un desarrollo vertiginoso y acertó, y así términos como «drone» o «RPA», hoy en día se han hecho un hueco en nuestra vida diaria, en los medios de comunicación y en las redes sociales. La importancia de este fenómeno radica especialmente en el rapidísimo crecimiento del sector, con el horizonte puesto en su gran potencial de desarrollo para generar empleo, riqueza, la salvaguarda del medio ambiente y su utilización para garantizar los derechos, las libertades y la calidad de vida de los ciudadanos. El desarrollo tecnológico e industrial, los diferentes usos y la heterogeneidad de actividades que despliegan estas aeronaves, han obligado a los Estados a un rápido desarrollo de un marco jurídico común y adecuado para garantizar que, este despliegue, facilite tanto el impulso de la evolución del sector, la consecución de riqueza y bienestar para nuestra sociedad y la compatibilización de estas actuaciones con las ineludibles condiciones de seguridad. Para que este desarrollo del sector sea seguro se debe trabajar en los más diversos aspectos de la vida social, entre otros, se podrían citar la seguridad operacional aérea, la seguridad de la aviación para salvaguardar la integridad de los pasajeros, el personal y las instalaciones, la tutela general de los derechos, entre los que se encontraría la protección de los datos de carácter personal, el medio ambiente y, con carácter muy especial, la seguridad pública en el concepto más amplio de su acepción. En el campo específico de la seguridad pública, las operaciones con estas aeronaves van a afectar tanto al ámbito de la seguridad aérea como al de la seguridad ciudadana, por lo que debemos ser conscientes que los agentes encargados de garantizarlas tienen que estar formados y preparados para afrontar los nuevos retos que éstas supondrán para el desempeño de sus misiones. Uno de estos actores que deben participar en esas funciones de garantizar la seguridad ciudadana y, en lo que se encuentre en su ámbito competencial, la seguridad aérea, serán los miembros de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ellos son los principales destinatarios de esta obra, aunque no los únicos, a los que se trata de facilitar el cumplimiento de su deber con consejos, propuestas e incluso modelos prácticos sobre cómo aplicar las diferentes disposiciones de esta normativa y las consecuencias que dicha normativa tendría en otros ámbitos de indudable relevancia. Aplicar una nueva normativa exige siempre una primera interpretación de la misma, no intentando determinar su sentido y el alcance de lo dispuesto en el precepto correspondiente, sino de adecuación al supuesto de hecho concreto. Aunque en última instancia esto corresponderá a los Juzgados y Tribunales competentes, en este momento inicial serán los agentes encargados los primeros que deberán enfrentarse con las innumerables situaciones de hecho que se sucedan en el desarrollo del uso de estas aeronaves. Decía Albert Einstein ante la dificultad de enfrentarse a nuevos retos «primero tienes que aprender las reglas del juego, y después jugar mejor que nadie».

Los Drones o RPA´S son la plataforma aérea más versátil del mercado, Son utilizados en aplicaciones como: comunicaciones, marketing y publicidad, imágenes y cartografía,  evaluación de siniestros y desastres, agricultura, actividades de vigilancia , lucha contra incendios, monitoreo de líneas eléctricas, férreas, canalizaciones, patrimonio histórico artístico, investigación, búsqueda y rescate, agricultura, cinegética, monitorización oceanográfica, monitorización atmosférica, monitorización volcánica, vigilancia de fronteras, monitorización de contaminación, monitorización del tráfico, protección de la pesca, etc.

Existen varios municipios en España que operan con drones, como Madrid, Valladolid, Marbella, Benidorm, San Javier, Mojacar, Fuenlabrada, Arganda del Rey o Rivas-Vaciamadrid, aunque en estas localidades hay menos dificultades de las que presenta el Espacio Aéreo de Madrid.

El Real Decreto 1036/17 permitió, gracias a sus exenciones parciales contempladas en el artículo 3.2, que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no tuviesen que pasar el filtro de  AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para ser operadores de RPAS y que se autorizasen sus propios vuelos. Esta situación nos hace ser protagonistas en el ámbito municipal y asumir un liderazgo en la implantación, uso y desarrollo de la herramienta. Sin embargo, también supone una responsabilidad, así como el establecimiento de un sistema de coordinación para dar servicio a otros departamentos ajenos al policial y a los que les fuese necesario su uso, como Bomberos, Urbanismo, Medio Ambiente, etc.

Para activar un servicio de drones es necesario tener en cuenta las normas de navegación aérea y los límites que imponen al vuelo de estos aparatos.

Por ejemplo, en la ciudad de Madrid se encuentra en CTR (Espacio Aéreo Controlado) por lo que los agentes municipales deben estar coordinados con el Gestor del Tránsito Aéreo (Enaire) o el Ejército del Aire cuando se vuele en CTR o en los espacios aéreos controlados asociados a los aeródromos de Getafe y Torrejón, en cuanto a las infraestructuras aeronáuticas, hay que coordinar los vuelos con 9 helipuertos de hospitales, de la Dirección General de Tráfico (DGT), Torre Picasso y el aeródromo de Madrid Cuatro Vientos y Barajas. Dependiendo del caso hay que mantener contacto por banda aérea con las torres de control correspondientes, no superar ciertas alturas por los Entornos Aeroportuarios y nunca más de 120 metros AGL (a nivel del suelo).

Se requiere, igualmente, y en algunas situaciones, una coordinación con la Delegación de Gobierno para la toma de imágenes relacionadas con la seguridad ciudadana. También se moviliza a la sección de Medios Aéreos para llevar a cabo labores de análisis de inteligencia que permitan preparar los operativos policiales, así como para apoyar en la toma de decisiones en aquellos dispositivos en los que, hasta ahora, tan solo se contaba con enlace vía radio. Así, los grandes eventos multitudinarios, pruebas deportivas, concentraciones de personas, festivales y desplazamientos de masas son monitorizados mediante RPAS policiales.

Evidentemente el Ratio coste/beneficios es incontestable, ya que en el mercado encontramos drones a precios muy competitivos que sirven para optimizar distintas tareas policiales.

Las aplicaciones de algunos drones en labores de seguridad y vigilancia se han normalizado con la tecnología de infrarrojos y la operatividad sigilosa, permitiendo ver sin ser visto. Se han posicionado como los elementos de avanzadilla en casos de emergencia y seguridad bridando un análisis rápido y efectivo de las situaciones de riesgo. Permitiendo no sólo identificar situaciones delicadas sino intervenir activamente en la salvación y en la prevención de riesgos.

Para operar con un dron son necesarios al menos dos agentes: el piloto al mando y el observador. El primero es el responsable del vuelo y el segundo, que también es piloto, le da soporte porque mantiene la visión directa con la aeronave y complementa la información sobre el entorno y los obstáculos. La información recogida por los drones queda a disposición del jefe del operativo para el cual se presta el apoyo. Al principio era el Área de Policía Judicial la que gestionaba los servicios, pero en la actualidad es el Gabinete de Seguridad y Convivencia.

En cuanto a la formación, existen cursos gratuitos para los trabajadores de Régimen General, son cursos online a distancia, de unas 50 horas y un día de prácticas. En un futuro los agentes se formarán con un plan de formación donde se les entregará su calificación de pilotos, desarrollándose íntegramente por la Escuela de Policía de manera interna, así como la formación de nuevos pilotos policías.

La parte teórica del Curso se basa en una formación con temarios de conocimientos teóricos como reglamentación, conocimiento de la aeronave, meteorología, navegación e interpretación de mapas, comunicaciones, procedimientos operacionales, etc.

Las aeronaves funcionan con baterías de litio que les permiten una autonomía de 30 minutos. Existen también equipos que poseen una alimentación ininterrumpida cableada que hace innecesarios los aterrizajes para cambiar las baterías.

El confinamiento impuesto por el coronavirus ha servido para que muchos madrileños conozcan la existencia de este nuevo recurso policial, que ha sido utilizados para emitir avisos y recomendaciones a la población, así como para controlar los accesos a la Casa de Campo, Madrid Río y otras zonas verdes de la capital, que han permanecido cerradas para prevenir contagios. Estas aeronaves comenzaron a ser probados en operaciones como el desalojo de los edificios de La Dragona y La Ingobernable, así como en servicios de control del público a festivales musicales (Mad Cool o Coca-Cola Music Festival) y acontecimientos deportivos como la Copa Davis de tenis. También tuvieron un papel relevante en el caso de los vertidos ilegales investigados por la Fiscalía de Medio Ambiente en Vallecas, en las carreras ilegales del polígono de La Atalayuela y en la Cañada Real, en casos de fraude del fluido eléctrico o plantaciones caseras de marihuana.

En Aranjuez se podría controlar periódicamente el estado de los edificios municipales (o no municipales), vertederos ilegales, vertidos ilegales de aguas residuales sobre zonas verdes, vertidos ilegales de aguas fecales en el rio,  en el rastro, e incluso control de las zonas de botellón.

Por todo ello, elevo al pleno de la Corporación la siguiente propuesta, solicitando al Equipo de Gobierno la posible utilización de “RPA” (Remotely Piloted Aircraft), “DRONES”, en el Ayuntamiento de Aranjuez.

 

 

Concejal no adscrita.

 

Inmaculada Villodre Alfaro

Última vez modificado: 25 marzo, 2021

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