PARTICIPACIÓN CIUDADANA

18 marzo, 2021

PROPOSICIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO DE CONCEJALES DE INICIATIVA POR ARANJUEZ (IN-PAR) AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ORDINARIO DEL MES DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, APROBADA POR UNANIMIDAD

OBJETIVO: Retomar los trabajos realizados hasta la fecha para la renovación del Reglamento de Participación Ciudadana de 2006, y traer un documento al pleno de la corporación para su debate y aprobación.

Participar significa compartir, enriquecerse mutuamente, progresar. La presencia de la ciudadanía en los asuntos públicos de su municipio es una condición indispensable para alcanzar la plena gobernabilidad democrática. Cualquier sociedad tiene el legítimo derecho de aspirar a ser mejor. Una de las claves para conseguirlo es el fortalecimiento de la participación ciudadana, desde la transparencia y el cumplimiento del resultado de ésta.

La incorporación del derecho de audiencia, como derecho subjetivo y forma de participación en defensa de los intereses particulares y colectivos, y la definición del desarrollo de la iniciativa popular derivada de los valores y principios propugnados por la Constitución, son cauces de participación ciudadana. A diferencia de la participación de los vecinos en el procedimiento de elaboración de disposiciones, proyectos, reglamentos, ordenanzas, etc., a través de la audiencia o la información pública, que supone la intervención de los vecinos en un procedimiento ya iniciado, la iniciativa popular implica la ausencia de procedimiento y la participación activa de los administrados en la iniciación del mismo. La iniciativa popular constituye una nueva forma de participación en la que los vecinos toman la iniciativa normativa y se adelantan a la Administración, y sobre el que ésta deberá necesariamente pronunciarse.

De igual modo, la consulta popular es un instrumento de participación, que en algunos casos puede considerarse como un referéndum consultivo sobre asuntos de interés local. La consulta regulada, permite a la Alcaldía, previo acuerdo de la mayoría absoluta del Pleno y con la autorización del Gobierno de España, someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de la comunidad vecinal, con la excepción de los relativos a la Hacienda Local.

Cuanto más participativa es una sociedad, mayor conciencia crítica desarrollan sus miembros y, por lo tanto, más rico y diverso es el debate público del que surgen las iniciativas que luego contribuyen al progreso de esta. Desde el Ayuntamiento de Aranjuez, debemos proponer abrir nuevos canales de intervención ciudadana que, desde el compromiso de respeto a las decisiones de estos, otorguen a los vecinos y vecinas el protagonismo social que les corresponde. Con este fin, las entidades locales, agentes sociales, ciudadanos y ciudadanas, partidos políticos y corporación municipal debemos embarcarnos en el proyecto que implique de manera activa a los habitantes de Aranjuez en la toma de decisiones que les afectan, incorporándonos a un proceso colectivo donde las resoluciones se compartan.

Además de la democracia directa y representativa, existe una tercera manifestación de ésta, la democracia participativa, que no significa ni presupone el ejercicio de la soberanía popular con las dos anteriores, sino que otorga a los ciudadanos la posibilidad de proporcionar a los poderes públicos (administración), elementos de juicio suficientes para garantizar no sólo la legalidad, sino también el acierto y oportunidad de las decisiones administrativas y revestirlas además de legitimidad democrática.

Cada vez más, los mecanismos de la democracia representativa se revelan insuficientes para justificar determinadas actuaciones de los poderes públicos, por lo que es necesario complementarlos y buscar la implicación de los ciudadanos en el gobierno municipal y en la adopción de decisiones públicas.

El Reglamento de Participación Ciudadana es el documento que regula los mecanismos para que los vecinos y vecinas puedan intervenir en los asuntos locales. El debate previo y el posterior consenso, debe tener por objeto recoger las aportaciones del colectivo ciudadano. El Reglamento permitirá conformar un modelo más representativo y democrático para Aranjuez, donde la ciudadanía será, además, copartícipe en la gestión municipal.

El más que necesario nuevo texto, debe ahondar en la participación, avanzar sobre las bases del documento aprobado en 2006 y establecer compromisos de revisión constantes, en base a la mejora de la implantación de un modelo de relaciones a través de la participación ciudadana.

Debemos partir de los compromisos ya establecidos por el sistema político y definidos en la Constitución de 1978, que prevé la participación política a través de la elección libre, directa y secreta, mediante sufragio universal, de las personas que han de formar parte de las Instituciones del Estado. La Constitución declara el derecho de la ciudadanía a participar también de manera directa en la gestión de los asuntos públicos, y, es por lo que, el Ayuntamiento de Aranjuez debe comprometerse, sin dilación, con la profundización de la democracia, en el sentido de complementar la democracia directa y representativa con la democracia participativa directa.

En cumplimiento de este mandato constitucional, de facilitar la participación de la ciudadanía en la vida cultural, económica, política y social, el Ayuntamiento de Aranjuez tiene que favorecer, impulsar y dinamizar el ejercicio de este derecho. Reconociendo y comprometiéndose a hacer efectivos aquellos otros derechos inherentes a la condición ciudadana, como son el derecho a la información, el derecho de petición, de propuesta, de consulta y de iniciativa ciudadana, el derecho a ser escuchado y el de intervenir en los plenos municipales y en otros órganos creados a tal efecto. De igual modo, debemos comprometernos a reconocer la participación efectiva en la toma de decisiones, en los términos que se establezca en el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana.

El futuro reglamento debe marcar el camino que determina que el pleno de la corporación podrá acordar el establecimiento de consejos sectoriales, cuya finalidad será la de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los asuntos municipales. Los consejos sectoriales desarrollarán exclusivamente funciones de informe y, en su caso, propuesta, en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad al que corresponda cada consejo.

En definitiva, el objetivo debe ser aprobar un Reglamento que regule la forma, los medios y procedimientos de información y participación de los vecinos y vecinas de Aranjuez en la gestión municipal, tanto individualmente como a través de entidades ciudadanas o colectivos, así como regular la organización, funcionamiento y competencias de los distintos órganos de participación.

Por lo expuesto, desde el Grupo Municipal de Iniciativa por Aranjuez, venimos a proponer para su aprobación:

  • Que el Gobierno Municipal, a través de la delegación de Participación Ciudadana, cumpla con lo establecido en al art. 18.1.b) de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local que, sobre derechos y deberes de los vecinos, otorga a éstos el derecho a participar en la gestión municipal de acuerdo en lo dispuesto en las leyes, renovando el actual Reglamento que data del año 2006, con el objetivo de adaptarlo a las nuevas realidades y ampliar la participación de los vecinos y vecinas.
  • Que para llevar a término esta renovación, se retome el trabajo realizado hasta la fecha por la Delegación de Participación, se establezcan los itinerarios necesarios y las consultas pertinentes para la consecución del documento que debe ser presentado lo antes posible, para su debate y aprobación, si procede, con un compromiso cierto de toda la Corporación Municipal.

Última vez modificado: 18 marzo, 2021

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