PROPOSICIÓN AL PLENO ORDINARIO DEL MES DE OCTUBRE.

26 octubre, 2020

OBJETIVO: Reafirmar nuestro compromiso con el desarrollo urbanístico de Puente Largo, e instar a la principal propietaria del PAU de Puente Largo, la Entidad Estatal del Suelo (SEPES) que establezca un objetivo claro, definido en tiempos, para culminar el desarrollo en base a los documentos presentados en 2018.

El pasado mes de septiembre, nuestro Grupo Municipal presentó una propuesta al Pleno Ordinario con el objetivo de establecer compromisos conjuntos respecto a la necesidad del desarrollo urbanístico de Puente Largo, y de instar a la Comunidad de Madrid para la evacuación inmediata de los informes necesarios. Previo al Pleno, en reunión con la alcaldesa-presidenta, pudimos conocer que la Comunidad de Madrid, después de haber solicitado por tres veces documentación complementaria para poder realizar el informe necesario, requerimiento que se trasladó a los propietarios del suelo y que no habían respondido, está a la espera de recibir la documentación para trasladar sus informes. Ante esta nueva realidad, desconocida por nuestro Grupo Municipal, decidimos dejar la propuesta sobre la mesa, para dar tiempo a conocer la situación actual y rehacer la mismas.

Para poder situar, el esfuerzo que desde las distintas corporaciones se está realizando para desarrollar Puente Largo, debemos establecer los siguientes antecedentes.

  • El Texto Refundido de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Aranjuez (PGOU) de 1996, y actualizado en 2014, ya definió el uso de Puente Largo señalándolo como suelo urbanizable no programado de uso global mixto, permitiendo la instalación de Parque Tecnológico, Terciario, Deportivo y Recreativo, así como Residencial. Hace 24 años, que el Ayuntamiento de Aranjuez ya definió los objetivos urbanísticos para esta zona, tiempo suficiente para que ya estuviera urbanizada y puesta a disposición de proyectos industriales y terciarios.

  • El día 23 de mayo de 2006, el Pleno de la Corporación Municipal aprobó el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Entidad Pública Empresarial de Suelo SEPES para el desarrollo de Puente Largo.

  • El 10 de octubre de 2006 el pleno de la Corporación Municipal aprobó el sometimiento a exposición pública del Avance de Plan de Sectorización del Sector Puente Largo. El anuncio del citado sometimiento a exposición pública se publicó en el BOCM nº 250, y en el diario La Razón, el 20 de octubre de 2006.

  • Con número de registro de salida 7.241 y fecha 25 de octubre de 2006, el Ayuntamiento de Aranjuez remitió el proyecto a la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitando la emisión de Informe Previo de Análisis Ambiental.

  • El 12 de febrero de 2009 se reiteró a la Dirección General de Evaluación Ambiental la emisión del Informe Previo de Análisis Ambiental.

  • El 24 de junio de 2009 se volvió a solicitar a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio la emisión de los informes de su competencia para poder adaptar el proyecto y concluir la fase de Avance.

  • El 4 de agosto de 2009 y con Registro General de Entrada nº 18.960, se recibió escrito del Director General de Evaluación Ambiental en el que indicaba que para la emisión del preceptivo informe ambiental, debería enviársele el “documento de avance definitivo” y el Ayuntamiento, el 4 de noviembre de 2009 comunicó a la Dirección General de Evaluación Ambiental que, sin perjuicio de las alternativas que se pueden plantear derivadas de trámite de información pública, se seguía a la espera del Informe Previo de Análisis Ambiental para proseguir con la tramitación preceptuada en el artículo 56 de la LSCM 9/01. Por tanto, se reiteró la solicitud del citado informe.

  • El 30 de junio de 2010, el Ayuntamiento de Aranjuez y SEPES suscribieron un protocolo para impulsar el desarrollo de trabajos conducentes a la aprobación definitiva del Plan de Sectorización.

  • El 29 de marzo de 2011 y con registro general nº 7.536 tuvo entrada en este Ayuntamiento el Informe Previo de Análisis Ambiental, fechado el 23 de marzo de 2011, emitido en base a la documentación remitida en el año 2006. Este documento se considera como Documento de Referencia para las siguientes fases de tramitación del Plan de Sectorización. Cuyas conclusiones fueron las siguientes:

  1. El Plan de Sectorización atenderá a los principios de sostenibilidad recogidos en el apartado 2.1 del presente informe, en base al Estudio de Incidencia Ambiental reclamado en el apartado 2.1.3. con la información que se señala en los apartados 2.2, 2.4, y 2.5. En cualquier caso, deberá corregirse la propuesta para cumplir lo señalado por la Dirección General del Medio Ambiente, respetar las zonas inundables y preservar para la actividad agraria las zonas que así lo requieren conforme al Mapa de Capacidad Agrológica de las tierras de la Comunidad de Madrid, elaborado por la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y editado por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Territorial.

  2. Se atenderá al resto de requerimientos del presente informe una vez corregida la ordenación de acuerdo con los aspectos anteriores.

  3. El documento que se someta a informe de impacto territorial incorporará un resumen explicativo que especifique de qué forma se han cumplido, punto por punto y con referencias documentales precisas, las condiciones del informe previo de análisis ambiental.

  4. El informe de impacto territorial determinará lo que sea pertinente con respecto a las condiciones para la integración territorial del desarrollo conforme al artículo 56 de la Ley 9/01, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

  • El 7 de abril de 2011 SEPES presentó una primera entrega de análisis de alternativas, anunciando que se estaba redactando el Plan de Sectorización, Plan Parcial y Estudio de Incidencia Ambiental.

  • En el período 2011/2015, el esfuerzo principal del Gobierno Municipal se centró en impulsar una acción conjunta entre la propiedad de suelo, Comunidad de Madrid y una empresa de nuestro entorno, con el objetivo de que el desarrollo tuviera en cuenta el interés y las necesidades de una importante empresa, que facilitara no sólo la urbanización, sino la sinergia de contar desde el principio con el compromiso cierto de una primera instalación. Esta realidad habría permitido una actuación exprés para el desarrollo de la zona. Sólo, al final de las gestiones, la falta de respuesta por parte de la empresa, inicialmente interesada, impidió la ejecución exprés de Puente Largo.

  • Tras nuevos contactos del Gobierno Municipal 2015/2019, para activar la acción de la propiedad del suelo, el 13 de julio de 2017 tuvo entrada en el Ayuntamiento escrito de SEPES aportando dos copias en formato digital del Plan de Sectorización, Plan Parcial y Estudio de Incidencia Ambiental “de la Actuación Mixta Puente Largo”, a los efectos de que puedan iniciarse los trámites urbanísticos oportunos.

  • El 27 de septiembre de 2017 tuvo entrada por Registro General una Resolución del Director General de Urbanismo en la que se indica que “desde que se aprobó el documento de Avance de legislación ambiental ha ido cambiando, alterándose el contenido y el procedimiento del informe ambiental que requiere un instrumento de planeamiento, siendo hoy necesaria la tramitación de una Evaluación Ambiental Estratégica, al ser aplicable el régimen jurídico previsto por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, en tanto se aprueba una nueva legislación autonómica en materia de evaluación ambiental, se aplicará la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y lo dispuesto en el Título IV, los artículos 40,50,72, la disposición transitoria séptima y el Anexo Quinto, de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid”.

Esta Resolución motivó que se devolviera la documentación remitida, afirmando que para la emisión del Impacto Territorial es necesario que se lleven a cabo los siguientes trámites:

  1. El Pleno de la Corporación debe someter al público el Documento Inicial Estratégico exigido por la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, remitiéndose el mismo, una vez expuesto al público, con el borrador del Avance al órgano competente, en materia de Medio Ambiente.

  2. Realizados los trámites anteriores, podrá ser enviada de nuevo la documentación a esta Dirección General (de Urbanismo) a fin de que se continúe con la tramitación solicitada emitiéndose el correspondiente Informe de Impacto Territorial por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Estos antecedentes, nos sitúan en el gran esfuerzo realizado, digamos desde 1996, por el Ayuntamiento de Aranjuez para encajar en el mapa urbanístico de nuestra ciudad, un espacio, que por su ubicación está destinado a suelo productivo, de forma dominante, y en un lugar en el que el compromiso con el paisaje y el medio ambiente debe tener un valor diferencial y de calidad, tanto para SEPES como para Aranjuez. Se han dado pasos para desarrollar urbanísticamente Puente Largo, y no pueden darse más interrupciones como no podemos aceptar que la propiedad traslade que sus últimas actuaciones solo se han realizado para evitar una posible desclasificación, ante un eventual cambio de la Ley del Suelo en la Comunidad de Madrid.

Aranjuez necesita este desarrollo para su futuro y lo necesita ya. La posibilidad de no seguir adelante con el necesario desarrollo de Puente Largo, no sólo pondrá en evidencia el malestar de la Corporación Actual, y de la inmensa mayoría del pueblo de Aranjuez, impedirá el desarrollo productivo de nuestra ciudad, después de haber perdido importantes industrias, y de oportunidades de implantación de otras nuevas.

Los últimos pasos dados, que subrayamos al margen de los antecedentes, son capitales por su cercanía en el tiempo, y sobre los que debemos incorporar toda nuestra acción. El anterior gobierno gestionó como últimos pasos dados, los siguientes:

  • El 25 de mayo de 2018 ha tenido entrada por Registro General el Documento Inicial Estratégico de la Actuación Mixta Puente Largo, remitido por SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo.

  • El 28 de junio de 2018, se aprueba por el Pleno de la Corporación Municipal, someter a información pública el Documento Inicial Estratégico y el Documento de Avance de Plan de Sectorización y Parcial de la Actuación Mixta Puente Largo, como Borrador del Plan, acompañados de Resumen Ejecutivo, por un plazo de 45 días hábiles mediante publicación del anuncio en el tablón de edictos, BOCM, uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia y por medios telemáticos conforme al artículo 56 bis de la LSCM 9/01.

Tras las conversaciones previas y posteriores al pleno de septiembre, con la alcaldesa – presidenta, hemos podido conocer que tras gestiones realizadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid y con la Entidad Estatal del Suelo (SEPES), que:

  • En 2019 en los meses de marzo y junio, y en el mes de enero de 2020, la Dirección General de Urbanismo requirió documentación adicional para poder elaborar el informe solicitado, lo que fue trasladado por parte de los Servicios Técnicos Municipales a SEPES, ya que esta documentación debe aportarla la propiedad, y nada ha realizado, ni trasladado SEPES hasta le fecha.

  • Esta nueva realidad supone que el documento presentado ante la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, está ya sujeto a caducidad lo que ha implicado tener que actuar para que esta situación no se produzca.

  • Por último, en cuanto a la cronología del fatigable camino para el desarrollo urbanístico de Puente Largo, desde la Secretaría de Producción de SEPES se traslada a la alcaldesa presidenta que el objetivo por parte de la Entidad Estatal es evitar la posible descalificación del suelo, ante una eventual nueva Ley del Suelo en la Comunidad de Madrid, y que este objetivo le han tenido en todas sus últimas actuaciones, pero no su desarrollo.

La falta de respuesta al requerimiento de la documentación y el traslado de que el objetivo ha sido siempre actuar para que no se llegara a una posible desclasificación de este suelo, debe alertarnos sobre la absoluta falta de interés por parte de SEPES, para desarrollar esta propiedad en nuestra ciudad.

Esta es la cronología conocida por mi Grupo Municipal, propia de una historia sin fin y de una falta de compromiso con nuestra ciudad. El último documento presentado, contenía modificaciones importantes con respecto a 2006, y aún era susceptible y es susceptible de adaptarse a las necesidades de la ciudad y al desarrollo de suelo productivo, tan necesario para nuestro municipio.

El último documento invertía la idea inicial sobre el suelo urbano para vivienda y suelo urbano para industria tecnológica. El informe de los técnicos municipales, ya destacaba la inversión sufrida del proyecto de 2006 al presentado en 2018, siendo aún susceptible de invertirse más aún, dado que la necesidad principal de nuestro municipio es contar con suelo urbanizado industrial. En el proyecto de 2006 el suelo residencial representaba el 55,3% (581.000 m2) el productivo el 44,7% (470.000 m2), en el del 2018 el suelo residencial representaba el 23,6% (236.505 m2) y el suelo productivo el 76,4% (765.732 m2), además ya incorpora las primeras aportaciones establecidas por la Comunidad de Madrid y otros Organismos en materia Medio Ambiental.

Además, nos consta que, en el período de alegaciones, de aportaciones o sugerencias, han sido varias las que se han realizado, nuestro partido, en síntesis, presentó sugerencias basadas en dos ideas fuerza:

  1. Que se tenga en cuenta la necesidad de reducir al máximo (puesto que es un proyecto mixto) la edificabilidad en la zona residencial o de viviendas en favor del aumento de suelo productivo, y que se contara con un alto porcentaje de vivienda de protección pública.

  2. Que el proyecto se desarrolle con el necesario equilibrio que debe existir entre el desarrollo económico de una ciudad como Aranjuez y la protección al medio ambiente.

Consideramos que es momento para tomar iniciativas y empujar con fuerza para culminar toda la base administrativa necesaria previa a la urbanización de este suelo, exigiendo que SEPES, después de 24 años cumpla con su obligación de desarrollar el suelo, de urbanizarlos para el desarrollo predominantemente productivo, y de pedir a la Comunidad de Madrid que se implique ante esta necesidad de nuestro municipio.

Existe cierta resistencia a considerar que esta sea una buena opción, y nuestro grupo no conoce ninguna otra alternativa que pudiera sustituir esta opción, por otra más plausible. No estaremos de acuerdo con cualquier acción, consideramos que la protección de la singularidad medio ambiental en ciertas zonas, debe tenerse en cuenta, al tiempo que también se puede contar con espacio suficiente para tener alternativa de suelo productivo, tan necesaria, insistimos, en nuestro municipio.

Tras esta amplia exposición, que hemos considerado necesaria para situar la historia del desarrollo de Puente Largo desde el Grupo Municipal de Iniciativa por Aranjuez venimos a proponer al Pleno de la Corporación municipal para su aprobación, las siguientes:

  • Ratificar el compromiso de esta Corporación Municipal con el proyecto para el desarrollo urbanístico de Puente Largo, con la prevalencia de mayor porcentaje de suelo productivo sobre suelo residencial, con la posición de compatibilizar la mayor protección del medio ambiente con el desarrollo productivo y de vivienda, en base a la documentación presentada.

  • Instar de SEPES, a que siga adelante con el proyecto presentado en 2018, que dé respuesta al requerimiento de documentación que por tres veces se ha solicitado desde la Comunidad de Madrid, y a que establezca el objetivo claro e inequívoco de desarrollar urbanísticamente el Sector de Puente Largo, como espacio productivo necesario que nuestra ciudad necesita para dar respuesta a la instalación de empresas.

  • Crear una comisión de seguimiento con presencia de todos los grupos municipales de la Corporación y con asistencia de los técnicos, con el fin de efectuar un seguimiento de la tramitación urbanística, así como para estudiar, debatir y tratar de consensuar las actuaciones que, conforme a la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, lleven al desarrollo urbanístico del Sector de Puente Largo.

Última vez modificado: 26 octubre, 2020

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