OBJETIVO: Trasladar el compromiso unánime de la Corporación Municipal a la Alcaldía Presidencia de apoyo al inicio el procedimiento administrativo regulado, que desemboque en una propuesta institucional que venga a reconocer a Don Santiago Rusiñol i Prats el título honorífico de Hijo Adoptivo del Ilustrísimo Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez.
Tras la remodelación de la Plaza de Santiago Rusiñol, cuyo principal objetivo fue el de la ordenación del tráfico, pretendiendo facilitar la entrada y salida de Aranjuez al tráfico rodado, se perdió un espacio predominante para la ilustre figura de Don Santiago Rusiñol i Prats.
La plaza, entrada principal a nuestra ciudad, ha seguido con su denominación inicial, compromiso de la ciudad a través de un espacio prominente con Rusiñol. Las obras hicieron necesaria la retirada del monumento, no solo el busto, también la fuente, ya que el anterior espacio floral y vegetal, que también acompañaba a la oficina de turismo, ya fue retirado en años anteriores.
La fisonomía de la ciudad cambia, adaptar los espacios a las nuevas necesidades de movilidad y de reunión, han llevado a distintas corporaciones a tomar decisiones, muchas veces, no bien entendidas, cuyo objetivo ha sido el de adaptar la ciudad a su crecimiento y a nuevas necesidades que, decenas de años atrás no eran tales.
La retirada del busto y su vuelta, ha estado condicionada por la consecuencia de las obras realizadas, siendo objetivo de todos los gobiernos municipales y corporaciones, así como con seguridad, de todos los vecinos y vecinas de Aranjuez que, la imagen, busto o estatua de Rusiñol, volviera a su Plaza y al lugar de honor que le corresponde por su relación con nuestra ciudad.
El pasado 13 junio, en un acto institucional, se llevó a cabo la ubicación en el lugar que inicialmente estaba el busto que recuerda a la insigne persona de Don Santiago. Busto realizado por Don Sixto Alberti, vecino de Aranjuez, amigo del pintor y sucesor como Pintor de los Jardines de Aranjuez, cuyos familiares siguen viviendo en nuestra ciudad.
En este acto, Don José Luis Lindo, uno de los cronistas oficiales, además de repasar la importante relación de Rusiñol con nuestra ciudad, trasladó una propuesta que viene defendiendo desde hace muchos años, que no es otra que la de dotar del Título Honorífico de Hijo Adoptivo de Aranjuez a Don Santiago Rusiñol i Prats. Este cronista oficial, hace ya más de 20 años que viene escribiendo y dando conferencias sobre el pintor, tiene editado un libro y distintos escritos y manifiestos relacionados con la importancia de Don Santiago y su relación con Aranjuez.
En distintas fechas, desde 2001, ha dado conferencias sobre la Plaza de Santiago Rusiñol, ha editado el libro, La Plaza de Santiago Rusiñol, Antesala de un Pueblo Cortesano 1836-2000, distintos escritos y conferencias tales como Santiago Rusiñol y su relación con el Rana Verde o Rusiñol, Espacio, Tiempo y Color.
Pero, desde nuestro Grupo Municipal, queremos hacer hincapié en dos de sus trabajos, su libro, y una reflexión escrita y trasladada sobre Rusiñol el Gran Olvidado. Ambos documentos se adjuntan a la siguiente proposición, autorizados por nuestro Cronista Oficial (Dtos I y II).
Recomendamos su lectura y aprovechamos el documento de Rusiñol el Gran Olvidado, para que la deuda que tenemos con Don Santiago, la saldemos y reconozcamos su gran valor para nuestra ciudad.
Santiago Rusiñol cuenta con una plaza principal, con una calle emblemática y, su recuerdo da nombre a uno de nuestros institutos públicos y a la residencia de personas mayores de la Comunidad de Madrid. Sabemos que hay quienes puedan considerar que es suficiente honor, puede ser posible, pero si nos ceñimos al contenido del reglamento para la concesión de honores y distinciones de nuestro Ayuntamiento, veremos que, efectivamente, la insigne figura de Don Santiago cumple con todos los requisitos para que pase a formar parte de los Hijos Adoptivos a título póstumo.
Recordemos que se dice al respecto:
- El Reglamento de Protocolo y Ceremonial del Ilustrísimo Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez, desarrolla en su título IV, art. 26 que una distinción, es el de Título de Hijo Adoptivo del Real Sitio y Villa de Aranjuez.
- El Reglamento para la concesión de honores y distinciones del Ilustrísimo Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez, viene a establecer qué distinciones y honores y cuáles son los criterios para ello.
TÍTULO II. DE LOS TÍTULOS DE HIJO/A PREDILECTO/A Y DE HIJO/A ADOPTIVO/A
Artículo 3º. Los títulos de Hijo/a Predilecto/a y de Hijo/a Adoptivo/a del Real Sitio y Villa de Aranjuez, de igual categoría, constituyen la mayor distinción otorgada por este Ayuntamiento, por lo que se hace necesario, en beneficio de su prestigio, observar el máximo rigor en su concesión.
Artículo 4º. 1. La concesión del título de Hijo/a Predilecto/a sólo podrá recaer en quienes, habiendo nacido en Aranjuez, hayan destacado de forma extraordinaria, sea por sus cualidades o méritos personales, o por los servicios prestados en beneficio u honor del Real Sitio y Villa de Aranjuez, o por sus trabajos, descubrimientos y estudios en beneficio de la Humanidad. Se entenderán como nacidos en Aranjuez, además de lo mencionado en el párrafo anterior, a aquellos vecinos/as cuyos padres estuvieran empadronados con anterioridad al natalicio.
2. La concesión del título de Hijo/a Adoptivo/a podrá otorgarse a las personas que, sin haber nacido en Aranjuez, reúnan las circunstancias señaladas en el párrafo anterior.
3. Tanto el título de Hijo/a Predilecto/a como el de Hijo/a Adoptivo/a podrán concederse a título póstumo, a quienes reúnan las condiciones y merecimientos mencionados.
Artículo 5º. 1. La concesión de los títulos de Hijo/a Predilecto/a y de Hijo/a Adoptivo/a será acordada por la mayoría absoluta del Ayuntamiento Pleno, previo expediente instruido al efecto, en el que deberán acreditarse los méritos que justifiquen estos honores.
2. El Sr. Alcalde/esa señalará la fecha en que se reunirá la Corporación Municipal en Sesión solemne, convocada a este solo efecto, para hacer entrega a la persona agraciada del título que acredite tal distinción.
Con esta información, y con los méritos de Don Santiago Rusiñol i Prats, desde nuestro grupo consideramos que es el momento de iniciar el expediente que efectivamente contenga lo establecido para su aprobación, teniendo en cuenta que la posición de todos los portavoces en representación de su grupo, nunca se ha manifestado contraria a esta distinción.
Consideramos que este es el momento, no solo por la efeméride del noventa aniversario de su fallecimiento en nuestra ciudad, que hizo suya, también por considerar que la recuperación, después de varios años, del busto a la plaza que lleva su nombre, puede ser el momento idóneo para acompañar esta efeméride, con algo que en la cabeza de todos ha estado, pero no se ha llevado al término, el nombramiento de Hijo Adoptivo, porque si alguien, además de los ya poseedores del título, encaja en la figura de Hijo Adoptivo, es Rusiñol.
Tras el pleno ordinario del mes de junio y dada la respuesta de la Alcaldesa Presidenta ante el Ruego Escrito presentado por nuestro grupo, hemos considerado oportuno y necesario traer la presente proposición, para que la misma sea aprobada por el conjunto de los concejales y concejalas de la actual corporación, y sirva para poner en marcha el procedimiento administrativo.
Por lo expuesto, el conjunto de la corporación municipal del mandato 2019/2023 venimos a aprobar:
El apoyo al inicio del expediente administrativo que venga a determinar la propuesta institucional para el nombramiento de Hijo Adoptivo del Real Sitio y Villa de Aranjuez a Don Santiago Rusiñol i Prats.
Dar traslado de la decisión, en su momento, al Ayuntamiento de Barcelona, su ciudad natal, al Ayuntamiento de Sitges y al Museo de Sitges, actualmente museo público y que en sus inicios fue el Museo del Cau Ferra, fundado por el pintor en 1893.
Que, llegado el momento, se traslade al Museo de Sitges, al igual que a sus descendientes, copia del pergamino que acredite el Título de Hijo Adoptivo a título póstumo.
Buscar la alternativa adecuada para realzar el busto de Don Santiago, a través de la incorporación de una fuente o un espacio verde y/o floral, o ambas. Determinar el lugar o ubicación definitiva, cuyo enclave deberá ser siempre, por respeto a la idea original de los precursores de la misma, frente al Jardín de la Isla y en la plaza que lleva su nombre.
Incorporar a este espacio, la leyenda que debe corresponder al escultor, Don Sixto Alberti y Thomas, como artista que realizó el busto, así como el reconocimiento a esa suscripción popular, que hizo posible el mismo.
NOTA. LA PROPUESTA HA SIDO APROBADA POR UNANIMIDAD
Última vez modificado: 19 julio, 2021