EL PARTIDO POPULAR INSTA AL GOBIERNO MUNICIPAL A LA REDACCIÓN DE UNA ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS MUNICIPALES DE ATENCIÓN DE NECESIDADES SOCIALES

20 febrero, 2018

LA PROPUESTA FUE APROBADA POR UNANIMIDAD

EL PARTIDO POPULAR INSTA AL GOBIERNO MUNICIPAL A LA REDACCIÓN DE UNA ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS MUNICIPALES DE ATENCIÓN DE NECESIDADES SOCIALES

María José Martínez de la Fuente: “La Ordenanza deberá recoger, entre otros aspectos, la determinación de los requisitos necesarios para acceder a tales ayudas y prestaciones económicas, el establecimiento del procedimiento correspondiente a esos efectos, así como la definición y concreción de las necesidades susceptibles de ayuda, la fijación del baremo para la determinación de las cuantías, y las obligaciones a que quedan sujetos los beneficiarios”.

“En el proceso de elaboración es imprescindible recabar la colaboración y aportación de todos los Grupos Políticos municipales y de los trabajadores adscritos al Departamento municipal de Servicios Sociales”.

Aranjuez 20 de febrero de 2018

El último Pleno ordinario de la Corporación municipal aprobó, por unanimidad, la Propuesta presentada por el Grupo de Concejales del Partido Popular instando al Ejecutivo socialista a la redacción y posterior elevación a Pleno para su aprobación de una Ordenanza reguladora de las ayudas económicas municipales de atención de necesidades sociales, así como a la constitución y convocatoria de mesas de trabajo de composición mixta, de trabajadores municipales y miembros de los Grupos Políticos municipales, a fin de recabar las aportaciones de unos y otros. La iniciativa fue defendida por la ex-Alcaldesa y Portavoz Popular, María José Martínez de la Fuente.

La Portavoz Popular inició su intervención manifestando que la fundamentación legal y genérica de las prestaciones económicas dentro del marco de los Servicios Sociales se encuentra en la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico: la Constitución española” Y añadió: “En atención a lo dispuesto en la Constitución y en virtud de las competencias asumidas en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad establece en su artículo 46, entre las “Competencias de los Municipios” la “Concesión de las prestaciones económicas individuales de emergencia social y de ayudas económicas temporales que tengan por objeto la integración personal”. 

María José Martínez de la Fuente, especificando, citó la “Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local que atribuye al municipio competencias en materia de prestación de servicios sociales y de promoción y reinserción social y determina su obligatoriedad para los municipios con población superior a 20.000 habitantes”.

La Portavoz Popular recordó que “en atención a lo anterior, el Ayuntamiento de Aranjuez ha venido desarrollando tal competencia, aunque sin la existencia de una Ordenanza municipal específica siendo preciso avanzar a fin de obtener una mejor protección y una mayor seguridad y garantía jurídica tanto para los trabajadores municipales como para los beneficiarios”.

“El objeto de esa futura Ordenanza –defendió María José Martínez de la Fuente- debe ser la regulación de las ayudas municipales destinadas a la atención de necesidades sociales, entendiendo por tales el conjunto de ayudas y prestaciones económicas de carácter puntual o de periodicidad limitada destinadas a paliar o resolver,  por sí mismas o complementariamente con otros recursos, situaciones de emergencia social, a prevenir situaciones de exclusión social y a favorecer la plena integración social de sectores de población que carezcan de recursos económicos propios para la atención de sus necesidades básicas”. Y añadió: “La citada Ordenanza deberá, por tanto, recoger entre otros aspectos los fundamentales de determinación de los requisitos necesarios para acceder a tales ayudas y prestaciones económicas, el establecimiento del procedimiento correspondiente a esos efectos, así como la definición y concreción de las necesidades susceptibles de ayuda, la fijación del baremo para la determinación de las cuantías, y las obligaciones a que quedan sujetos los beneficiarios”.

La Portavoz Popular advirtió que “es evidente que la Ordenanza que se elabore, y que finalmente se apruebe, por muy perfecta que sea, nunca podrá alcanzar la infinita casuística que pueda darse en la realidad social”. En atención a ello señaló que “no debe ser ese uno de sus objetivos, pero sí debe serlo la consecución de la más precisa determinación de los aspectos fundamentales que debe contener la norma a fin de favorecer la labor de los trabajadores de los Servicios Sociales municipales y, con ello, conseguir la más justa, eficaz y eficiente intervención social posible”.

“En otro orden de cosas, entendemos que en el proceso de elaboración de la citada Ordenanza es imprescindible recabar la colaboración y aportación de todos los Grupos Políticos municipales y de los trabajadores adscritos al Departamento municipal de Servicios Sociales”, concluyó María José Martínez de la Fuente.

 

 

Última vez modificado: 20 febrero, 2018

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