NOTA PP PROPUESTA PLENO ADHESIÓN CENTRAL CONTRATACIÓN DE LA FEMP

4 julio, 2018

Fue aprobada con la abstención de Ciudadanos “un partido de aluvión, desorientado y que parece que vota las iniciativas echando una moneda al aire”

LA PROPUESTA DEL GRUPO POPULAR SUPONE LA ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

María José Martínez de la Fuente: “La aprobación representa ahorro de tiempo, recursos humanos y económicos para las Entidades Locales, consiguiendo mejores condiciones de precio en la contratación de bienes, servicios y suministros”.

“Entre las ventajas de la Central de Contratación hay que contar la obtención de mejores condiciones de prestación y mejores servicios, facilitar la búsqueda de proveedor, mejorar la tramitación administrativa, agilizar los protocolos de contratación, elaboración de los pliegos, licitación, evaluación y adjudicación”.

Aranjuez, 2 de julio de 2018 

En el último Pleno Municipal fue aprobada, con la abstención de Ciudadanos, la Propuesta presentada por el Grupo de Concejales del Partido Popular sobre mejora de la eficiencia en la contratación municipal, instando a que nuestro Ayuntamiento se adhiriese a la Central de Contratación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). La Propuesta, que responde a la necesidad de utilizar instrumentos más eficientes en beneficio del interés general, fue defendida en el Pleno por María José Martínez de la Fuente, ex Alcaldesa y Portavoz del Grupo de Concejales del Partido Popular.

La Portavoz Popular inició su intervención indicando que “el artículo 203 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establecía que “1. Las entidades del sector público podrán centralizar la contratación de obras, servicios y suministros, atribuyéndola a servicios especializados. 2. Las centrales de contratación podrán actuar adquiriendo suministros y servicios para otros órganos de contratación, o adjudicando contratos o celebrando acuerdos marco para la realización de obras, suministros o servicios destinados a los mismos. 3. Las centrales de contratación se sujetarán, en la adjudicación de los contratos y acuerdos marco que celebren, a las disposiciones de la presente Ley y sus normas de desarrollo.”. Y recordó: “Con contenido equivalente se pronuncia el hoy vigente artículo 227 de la Ley de Contratos del Sector Público”

María José Martínez de la Fuente explicó que “en virtud de aquél, y al amparo de la nueva Ley de Bases de Régimen Local, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) creó, por acuerdo de su Junta de Gobierno de 28 de enero de 2014, la Central de Contratación como un servicio especializado mediante el que se habilita a la Federación a la adquisición de suministros y servicios al objeto de ofrecerlos en las mejores condiciones posibles a las Entidades Locales y sus organismos dependientes”.

La Portavoz Popular refirió que “el propio Reglamento regulador del funcionamiento de la Central de Contratación de la FEMP lo define como un instrumento para “contratar bienes y servicios que, por sus especiales características, sean susceptibles de ser utilizados con carácter general por las Entidades Locales asociadas…”. Y añadió: “La Central de Contratación de la FEMP se configura como instrumento que permite la tramitación y/o adjudicación de las prestaciones de otros poderes adjudicadores, en este caso las Entidades Locales asociadas, dando aplicación a los principios de simplificación administrativa, facilitando los procesos de contratación y posibilitando, mediante la aplicación de las denominadas economías de escala y la estandarización de las obras, servicios y suministros, el logro de condiciones económicas más favorables en la contratación de los mismos, con la consiguiente reducción del gasto público”.

María José Martínez de la Fuente destacó que “las ventajas de una Central de Contratación para las Entidades Locales pueden concretarse en que se obtienen mejores condiciones de prestación y mejores servicios; se facilita la búsqueda de proveedor;  se mejora la tramitación administrativa, se agilizan los protocolos administrativos de contratación, elaboración de los pliegos, licitación, evaluación y adjudicación, lo que supone un ahorro de tiempo, recursos humanos y económicos para las Entidades Locales; y se consiguen mejores condiciones en precio en la contratación de bienes, servicios y suministros”. Y añadió: “Se trata, por lo demás, de un sistema que ofrece plenas garantías jurídicas y técnicas para la contratación”. 

La Portavoz Popular recordó que “el ya citado Reglamento determina su ámbito de aplicación al señalar que podrán adherirse a la Central de Contratación regulada en el presente Reglamento los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y demás Entes Locales asociados a la FEMP, así como los organismos autónomos y entes dependientes de ellos, por lo que es posible la adhesión de nuestro Ayuntamiento”. 

En relación con la adhesión, subrayó que “siempre tendrá carácter voluntario y no supondrá en ningún caso la obligación de efectuar todas las contrataciones a través de la Central de Contratación de la FEMP, pudiendo la Entidad Local optar por utilizar este  sistema o cualquier  otro  establecido en  la  legislación de contratación  pública”.

 “Adherirse no afecta tampoco a la autonomía local ni conlleva coste adicional alguno para la Entidad”, añadió María José Martínez de la Fuente.

Sobre la abstención de Ciudadanos en la votación de la Propuesta, la Portavoz Popular concluyó: “Cada vez me extrañan menos las posiciones políticas de este partido de aluvión, desorientado y que parece que vota las iniciativas echando una moneda al aire, ya que habla de transparencia y mejora de la gestión y allá donde tiene representación vota en contra de ellas o, por indefinición, se abstiene”.

Última vez modificado: 15 octubre, 2018

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