PROPUESTAS, RUEGOS Y PREGUNTAS PRESENTADAS POR EL PARTIDO POPULAR AL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO

17 mayo, 2018

PROPUESTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL PARA QUE EL AYUNTAMIENTO IMPLEMENTE LA METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA TRANSPARENCIA DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA (MESTA)

La transparencia en la gestión es hoy uno de los requisitos más demandados por los ciudadanos y garantizarla, mediante medidas activas y solventes, es obligación de las Administraciones Públicas.

Estamos viviendo un importante cambio cultural en la sociedad española y cada vez son más los ciudadanos que reclaman a las instituciones una mayor rendición de cuentas sobre sus actividades para poder valorar y conocer la gestión de sus representantes públicos.

El Ayuntamiento de Aranjuez fue uno de los primeros consistorios madrileños en aprobar e implementar una Ordenanza sobre Transparencia y Libre Acceso a la Información allá por el año 2014 y para dar cumplimiento a la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Además, su web municipal cuenta con un Portal de Transparencia que intenta cumplir, dentro de la medida de sus posibilidades, con el Índice de Transparencia planteado por la organización no gubernamental Transparencia Internacional.

No podemos olvidarnos tampoco que este Ayuntamiento también se adhirió al Código de Buen Gobierno que promulga la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) por lo que nadie podrá poner en duda la voluntad de nuestro Consistorio por cumplir con todos los estándares establecidos de transparencia y apertura municipal.

Hace apenas un año el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Transparencia, y la Agencia de Evaluación y Calidad, que es la responsable de analizar y evaluar las políticas públicas, presentaron en sociedad una metodología de evaluación y seguimiento de la transparencia (MESTA) que permite a las Administraciones Públicas poner nota a las normas de transparencia recogidas en la citada Ley.

Hasta el nacimiento de MESTA, la transparencia sólo podía ser medida por criterios externos demasiado genéricos (como el que ya se aplica en el Ayuntamiento de Aranjuez de Transparencia Internacional) o interpretando la Ley de Transparencia general con la dificultad que ello conlleva.

 

Uno de los aspectos clave de esta metodología es que mide dos niveles de apertura en los datos públicos. Por un lado, el grado de cumplimiento obligatorio de la Ley de Transparencia, y por otro, la calidad de la transparencia con indicadores voluntarios añadidos por cada Institución.

Acogiéndonos a MESTA podremos conocer de manera fiable hasta qué punto se está cumpliendo en el Ayuntamiento de Aranjuez con los requisitos de transparencia y buen gobierno que la ciudadanía exige en la actualidad a sus gobernantes gracias a que dicha metodología incluye la posibilidad de adaptarse a normativas y ordenanzas propias municipales.

MESTA, como sistema oficial de cumplimiento, es cedido a todas las Instituciones públicas que quieran utilizarla de manera gratuita, acompañada esta cesión de las herramientas informáticas necesarias para la aplicación correcta de esta metodología.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal la siguiente PROPUESTA:

.- Que se den los pasos necesarios para que el Ayuntamiento de Aranjuez implemente la Metodología de Evaluación y Seguimiento de la Transparencia de la Actividad Pública (MESTA) para realizar mediciones anuales y autoevaluaciones del grado de cumplimiento en la actividad municipal y hacer públicos los resultados en el Portal de Transparencia Municipal.

 

 

 

PROPUESTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LOS PARQUES INFANTILES

Ya se ha dicho en más de una ocasión que los juegos infantiles son un instrumento muy adecuado para el armónico desarrollo de la personalidad del menor y, más aún, para que disfrute de una infancia como etapa de bienestar y felicidad. Este principio fue ya recogido por la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor que, en su artículo 12.2, y siguiendo la línea marcada por el artículo 31 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por España mediante instrumento de 30 de noviembre de 1990, afirma que…todos los menores tienen derecho a que el juego forme parte de su actividad cotidiana como elemento esencial para su desarrollo evolutivo y proceso de socialización. Por tanto, las Administraciones Públicas, a iniciativa propia o en colaboración con otras Entidades públicas o privadas, están obligadas a fomentar la realización de actividades culturales, deportivas y recreativas mediante las actuaciones urbanísticas destinadas a ampliar o crear los equipamientos e instalaciones necesarias y adecuadas, en función de la población infantil y juvenil existente en la zona.

El juego es beneficioso y una herramienta esencial en la construcción del desarrollo físico y social de los niños, que de llevarse a cabo al aire libre, permite que los niños se relacionen con otros niños, aumentando sus habilidades sociales y el compañerismo, y que disfruten del esparcimiento y el contacto con la naturaleza. El hecho de poder utilizar diferentes equipos o aparatos les permite, además, mejorar su coordinación motora, realizar múltiples y variadas acciones (caminar, correr, saltar, trepar, etc.) y desarrollar su imaginación, lo que es muy importante para su evolución cognitiva. De esta forma, los parques infantiles y las áreas de recreo de las ciudades se han convertido en lugares de encuentro para los niños de forma cotidiana. Sin embargo, para que el juego infantil cumpla con su auténtica función es necesario que el mismo se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad y salubridad que, en el supuesto de zonas e instalaciones recreativas de uso público, deben ser garantizadas por las Administraciones Públicas.

Actualmente, Aranjuez cuenta con 22 áreas de juegos infantiles. Se trata de instalaciones muy concurridas y utilizadas durante gran parte del año cuya puesta a punto y mantenimiento es fundamental para garantizar las condiciones de uso y seguridad de sus usuarios. Las directivas comunitarias obligan al cumplimiento de la normativa europea para los juegos infantiles tal y como indican las normas UNE-EN-1176 y UNE-EN-1177, no sólo en la adquisición e instalación de los elementos sino también y, especialmente, en su mantenimiento periódico. Por su parte, la normativa de la Comunidad de Madrid exige que todos los parques infantiles deban superar inspecciones periódicas y las áreas deben ser certificadas por una entidad de inspección acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). Desde el ámbito local, en el año 2013, el Pleno de la Corporación aprobó la Propuesta del Partido Popular para la aprobación de la Ordenanza Municipal de Creación, Conservación y Correcto Uso de las Áreas con Juegos Infantiles de Aranjuez al objeto de adecuar las mismas a la normativa europea ya citada. Estas normativas regulan múltiples aspectos: distancias de seguridad, superficies de amortiguación, ubicación de las áreas infantiles, usuarios a los que van dirigidas, funcionamiento…

En la actualidad, cualquiera puede comprobar que el mantenimiento y estado de conservación de los parques infantiles es manifiestamente mejorable. Pintadas, desperdicios, elementos arrancados, rotos o quemados se han convertido en habituales. Pero, por encima de la limpieza y del aspecto visual, lo realmente importante es la seguridad que ofrecen estas zonas de recreo por lo que es preciso garantizarla y certificarla. Precisamente, por el colectivo de la población que utiliza estos espacios municipales, las áreas infantiles son un tema de especial sensibilidad en este ámbito. Las citadas, son tareas a las que está obligado a hacer el gobierno municipal.

En el Pleno del mes de diciembre de 2016, desde el Partido Popular preguntamos a la Delegada si todos los Parques Infantiles cumplían la normativa y contaban con las acreditaciones que lo certificaran, pregunta que, directamente, no fue contestada, puesto que no se contaban con ellas. En el debate del Estado del Municipio se volvió a incidir en este importante y grave asunto, y desde el Partido Popular denunciamos que había tres Parques Infantiles que eran inseguros pues no contaban con los preceptivos certificados. Volvemos a reiterar que en la Comunidad de Madrid es obligatorio que todos los parques superen una inspección y sean certificados por una entidad de inspección acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación).

Por otro lado, en cuanto al arbolado que se encuentra dentro de los parques infantiles, también existe normativa que debe cumplirse rigurosamente: el Plan Local de Gestión del Riesgo del Arbolado, como norma de prevención en la caída de árboles y ramas mediante la evaluación del riesgo que representan y la elaboración de un protocolo de actuación una vez sucedido el incidente, diferenciando si el incidente ha producido daños o no.

El Plan de Gestión del Riesgo del Arbolado de nuestro municipio obliga a llevar un registro sistemático de todas las observaciones y las actuaciones. También se define en él los protocolos de actuación en materia de gestión del riesgo inherente al arbolado urbano ornamental de gestión municipal y las medidas de prevención y actuaciones posteriores en caso de producirse algún tipo de incidente en dicho arbolado, principalmente la caída de ramas, así como el desarrollo de un protocolo de trabajo en la gestión del riesgo, las acciones que deberán ejecutarse para garantizar la supervisión del arbolado e identificación y definición de los parámetros que elevan el riesgo de caída de ramas y pies y las medidas a adoptar en caso necesario.

El parque infantil de la Plaza de Abastos cuenta con abundantes árboles que se encuentran dentro o en las inmediaciones del mismo. Es una zona diana, es decir, tiene prioridad absoluta frente a otras zonas de Aranjuez. Son ZONAS DIANA los Parques Infantiles, Colegios, Áreas Deportivas, zonas de estancia o muy transitadas por viandantes y carreteras arboladas con ejemplares arbóreos muy longevos.

Es importante destacar que la Gestión del Riesgo del Arbolado debe llevarse a cabo mediante el estudio, evaluación y análisis de cada caso en particular, sin tomar decisiones generalizas y concretando las medidas específicas y utilizando los recursos disponibles para conseguir un nivel de tolerancia aceptable en cada caso particular.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal la siguiente PROPUESTA:

.- Que de inmediato, se proceda a la valoración del arbolado que se encuentra en el interior e inmediaciones del parque infantil de la Plaza de Abastos y a la eliminación de los factores de riesgo presentes en esta área, siguiendo el protocolo establecido en el Plan Local de Gestión de Riesgo en el arbolado.

.- Que se proceda a la supervisión del arbolado existente en el interior o en los alrededores del resto de parques infantiles de Aranjuez y del Real Cortijo de San Isidro.

.- Que se hagan públicas las certificaciones acreditativas de que cada uno de los parques infantiles existentes cumplen  con la normativa actualmente vigente, son seguros y están en estado óptimo para su uso.

 

 

RUEGO QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE HUERTOS ECO-SOCIALES 

En Nota de Prensa emitida el pasado día 5 de abril el Concejal Delegado de Dinamización Económica y Portavoz del grupo municipal In-par, Juan Carlos Ramírez, refería el porcentaje de presupuesto, correspondiente al ejercicio 2017, ejecutado en materia de desarrollo económico.

En la citada Nota indicaba que “son tres los programas que incluyen partidas destinadas al objetivo del desarrollo económico…”. Y especificaba que “En ellas, aparecen programas que se han ejecutado al 100%, como el Plan de Fomento de Huertos Eco-Sociales”. Dicho de otro modo. Se afirmó en la citada comunicación que el presupuesto destinado al señalado Plan se había gastado en su totalidad. Un presupuesto que ascendía a 7.000 euros.

Interesados por saber en qué actuaciones concretas se había gastado el ejecutivo municipal los citados 7.000 euros, desde el Grupo de Concejales del Partido Popular hemos podido conocer que el montante total se ha destinado a pagar un “Proyecto de reactivación de la agricultura periurbana en el entorno del Paisaje Cultural de Aranjuez para la inclusión social”. Dicho “Proyecto” o estudio ha sido facturado, y entendemos que también elaborado, por el “Observatorio para una cultura del territorio” que se autodefine en su página web como “una entidad no gubernamental sin ánimo de lucro creada para la transferencia de conocimiento entre agentes relacionados con el desarrollo y la gestión territorial, con el objetivo de acercar el mundo científico a la realidad de la sociedad civil, y viceversa, facilitando así las decisiones en el ámbito político y de la administración pública”.

Dado que sólo conocemos el nombre del trabajo, nos aventuramos a afirmar que no se trata de un estudio o proyecto específico sobre Huertos Eco-Sociales sino orientado en una dirección muy diferente.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal el siguiente RUEGO:

.- Que se nos dé traslado inmediato del citado “Proyecto de reactivación de la agricultura periurbana en el entorno del Paisaje Cultural de Aranjuez para la inclusión social”.

 

 

RUEGO QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE PLAN DE TESORERÍA

La Disposición adicional cuarta “Cumplimiento del pago de los vencimientos de deudas financieras” de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera dispone en su apartado 1 que “Las Administraciones Públicas deberán disponer de planes de tesorería que pongan de manifiesto su capacidad para atender el pago de los vencimientos de deudas financieras con especial previsión de los pagos de intereses y capital de la deuda pública”.

Por su parte, la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público modificó el artículo 13 “Instrumentación de sostenibilidad financiera” de la anteriormente citada Ley Orgánica 2/2012  incorporando un nuevo apartado 6 en los siguientes términos: “Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería.

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

  1. a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.
  2. b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad”.

Los datos arrojados en relación al Periodo Medio de Pago a proveedores correspondientes a todos los ejercicios de la presente legislatura reflejan un incumplimiento sistemático y creciente de la obligación legal de no superar los 30 días. Específicamente, en relación al ejercicio económico 2017, en el primer trimestre el citado Periodo Medio de Pago se situó en 376 días, en el segundo trimestre en 426 días, en el tercer trimestre en 445 días y en el cuarto trimestre en 459 días.

Respecto al presente ejercicio 2018, el dato sigue empeorando aún más. El Periodo Medio de Pago se ha elevado ahora hasta los 512 días.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación el siguiente RUEGO:

.-  Se nos dé traslado inmediato del Plan de Tesorería correspondiente al ejercicio 2017, si es que existió.

.- Se nos dé traslado inmediato del Plan de Tesorería correspondiente al presente ejercicio 2018, si es que existe.

.- Se nos dé traslado inmediato de cuantas actualizaciones, en su caso, se hayan producido en uno u otro.

 

 

RUEGO QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE PLAN DE SEGURIDAD Y TRÁFICO CON MOTIVO DE LAS PRÓXIMAS FIESTAS DE SAN FERNANDO

A finales del presente mes de mayo, como viene siendo tradicional año tras año, se celebrarán en nuestra localidad las Fiestas en honor de nuestro Patrón local, San Fernando.

Entre las diferentes actuaciones preparativas que debe acometer el gobierno municipal se encuentran las destinadas a garantizar el normal desarrollo de todas las actividades que se vayan a desarrollar en las Fiestas. Singularmente, entre ellas, un dispositivo especial de seguridad y tráfico.

En este ámbito, no podemos olvidar que durante las últimas Fiestas del Motín se produjeron graves incidentes en la noche del sábado 2 al domingo 3 de septiembre en el transcurso de la llamada “macrodiscoteca” que se instaló, como las verbenas, en la Plaza de Parejas y que se saldaron con detenidos y heridos. Estos hechos y otros producidos especialmente en la Calle de la Reina desmintieron las declaraciones que en su día hizo el Ejecutivo socialista resaltando las bondades del dispositivo de seguridad que plantearon cuyas medidas no resultaron, ni de lejos, tan óptimas como temerariamente aventuró el Gobierno socialista sino que, por el contrario, se revelaron insuficientes.

Desde el Partido Popular reiteramos que no son ajenos a la equivocada decisión de eliminar las verbenas de la Plaza de la Mariblanca los graves incidentes producidos en la “macrodiscoteca”. Y es que son muchos los condicionantes negativos que inciden en la Plaza de Parejas (espacio más abierto, menos iluminación, mayores dimensiones…) que hacen más complejo el establecimiento de dispositivos que garanticen la seguridad de todos, la de los espectadores y la de los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

Sobre el cambio de ubicación de las verbenas de la Plaza de la Mariblanca o San Antonio a la Plaza de Parejas, el Partido Popular reitera que está en contra de este modelo y mantiene su convicción de que el eje de las Fiestas debe estar en el centro de la ciudad dando así protagonismo a diferentes localizaciones como la Calle Infantas, la Plaza de Toros, la Plaza de la Constitución y, por supuesto, la Plaza de La Mariblanca o San Antonio, y el Tranzón.

Por otro lado, venimos insistiendo año tras año que resulta innecesario el riesgo que supone el hecho de que el ejecutivo municipal persista en que las dos calles de acceso al Recinto Ferial estén compartidas por vehículos y personas, en los dos sentidos de dirección del Puente de Barcas. Tal dispositivo perjudica gravemente la seguridad y comodidad de los vecinos, entre ellos no pocos niños, que se trasladan a pie hasta el Recinto Ferial, que en nada, por lo demás, favorece la fluidez del tráfico sino que, por el contrario, provoca numerosas e importantes retenciones.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal el siguiente RUEGO:

.- Que se nos dé traslado, antes del inicio de las próximas Fiestas de San Fernando así como antes del inicio de las Fiestas del Motín del próximo septiembre, de sendos Planes de Seguridad y Tráfico que se elaboren con motivo de la celebración de unas y otras.

 

 

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE EL CONTRATO EXISTENTE DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA PARA LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE LA DELEGACIÓN DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

Con fecha de 22 de diciembre de 2017, en “su condición de Segundo Teniente Alcalde-Concejal de Contratación”, D. Óscar Blanco Hortet, también Concejal Delegado de Deportes, formalizó junto a la representante de la empresa Arasti Barca M.A., S.L. el contrato referido al servicio de mantenimiento y limpieza para las instalaciones deportivas municipales de la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de Aranjuez.

La primera de las cláusulas del mismo concretó su objeto: “El objeto del presente contrato es la prestación el servicio por parte de Arasti Barca M.A., S.L. del servicio referido a la contratación del Servicio de mantenimiento y limpieza para las instalaciones deportivas municipales de la Delegación de Deportes del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez, conforme a la oferta que presentó y a lo establecido en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas, documentos todos ellos de carácter contractual cuyo contenido conocen ambos firmantes y aceptan en su totalidad”.

La duración del contrato es de 12 meses a contar desde el día siguiente al de su firma y el precio de 175.000 euros más 36.750 euros de IVA que hacen un total de 211.750 euros.

Los citados pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas fueron aprobados por la Junta de Gobierno Local celebrada el 25 de octubre de 2017. En base al pliego de prescripciones técnicas se determinan que los “lugares de realización del servicio” de mantenimiento y limpieza son: Polideportivo municipal, Estadio “El Deleite”, Campos de Fútbol de “El Pinar”, Ciudad deportiva “Las Olivas”, e “Instalaciones deportivas de los Colegios Públicos dependientes de la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de Aranjuez” procediéndose a citar las correspondientes a los C.E.I.P. Santa Teresa, San Fernando, Carlos III, San José de Calasanz, Maestro Rodrigo y Vicente Aleixandre (Pabellones, Vestuarios, Almacenes y Pistas).

También en virtud del Pliego de prescripciones técnicas, la empresa adjudicataria deberá proporcionar en tareas de mantenimiento un total de 7300 horas y en tareas de limpieza un total de 6300 horas. A las citadas hay que sumar, conforme a la oferta presentada por Arasti Barca M.A., S.L., 1500 horas más a disposición de la Delegación de Deportes, sin que el contrato suscrito concrete si para mantenimiento, para limpieza, o para ambas cosas. En total 15.100 horas.

Asimismo, y respecto a los materiales, el citado Pliego especifica los que serán a cargo de la empresa adjudicataria y, al tiempo, determina respecto del “material complementario” que “el importe total dedicado al suministro de material complementario para realizar los servicios contemplados en este Pliego será de 13.000 euros (impuestos indirectos incluidos), que deberán justificarse por parte de la empresa adjudicataria a través de un informe trimestralmente que deberán remitir al Responsable del Contrato por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. Dicha cantidad, vendrá integrada en el importe total del presupuesto anual de la presente contratación”.

Conforme a la cláusula octava del contrato suscrito y ya citado, se señala como Responsable del contrato por parte del Ayuntamiento de Aranjuez a D. Juan Ignacio Asensio Domínguez, trabajador municipal que se jubiló el pasado 23 de febrero.

En resumen, y según resulta de todo lo anterior, la Delegación de Deportes dispone, por el precio de 211.750 euros, de un total de 15.100 horas de mantenimiento y limpieza que puede aplicar en alguna, algunas o todas de las siguientes instalaciones deportivas municipales: Polideportivo municipal, Estadio “El Deleite”, Campos de Fútbol de “El Pinar”, Ciudad deportiva “Las Olivas”, e “Instalaciones deportivas de los Colegios Públicos dependientes de la Delegación de Deportes del Ayuntamiento de Aranjuez” procediéndose a citar las correspondientes a los C.E.I.P. Santa Teresa, San Fernando, Carlos III, San José de Calasanz, Maestro Rodrigo y Vicente Aleixandre (Pabellones, Vestuarios, Almacenes y Pistas).

Conforme a tal documentación, el gobierno municipal socialista procedía con ello a externalizar –en lenguaje de los propios socialistas, privatizar- un servicio que, a excepción de en la Ciudad deportiva “Las Olivas”, siempre se había realizado al 100% con personal municipal. El alcance de tal externalización dependerá de la distribución que del total de horas citado efectivamente se haga por parte de la Delegación de Deportes entre las distintas instalaciones deportivas municipales.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal la siguiente PREGUNTA:

.- Transcurridos prácticamente cinco meses de vigencia del contrato de referencia:

            .- ¿Cuál es el total de horas consumidas en mantenimiento?

            .- ¿Cuál es el total de horas consumidas en limpieza?

.- ¿En cuál o cuáles instalaciones deportivas municipales se han consumido unas y otras?

.- ¿Existe una previsión para lo que resta de duración del contrato de dónde se aplicarán las horas que quedan?. En caso afirmativo, ¿cuál es esa previsión? 

.- Respecto del “material complementario” hasta un importe de 13.000 euros:

            .- ¿Ha enviado la empresa al Ayuntamiento el preceptivo informe trimestral?

            .- En caso afirmativo: ¿A dicho informe se acompañan las facturas?. ¿Cuál es el importe total consumido hasta la fecha?

.- Tras la jubilación del Responsable municipal del contrato señalado en el mismo:

.- ¿A qué trabajador municipal se han encomendado las funciones derivadas de tal responsabilidad? 

.- ¿Por qué a pesar de la existencia del contrato el Concejal Delegado de Deportes optó por cerrar los pabellones de los Colegios ( San José de Calasanz, Santa Teresa, San Fernando, S. Isidro, Carlos III…) desde el viernes 24 de marzo hasta el día 1 de abril, ambos inclusive, donde habitualmente desarrollan entrenamientos diferentes equipos y según se justificó “como consecuencia de la imposibilidad de poder atender en mantenimiento y limpieza los mismos ante la escasez de personal para ello” obligando con ello a la suspensión de los entrenamientos en dicho pabellones en lugar de utilizar las horas que hubiesen sido necesarias de la Bolsa existente conforme al contrato de referencia?.

 

 

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA HACER SEGUIMIENTOS INFORMATIVOS

El ejecutivo bipartito PSOE-In-par aprobó en la Junta de Gobierno Local celebrada el pasado 4 de abril una Propuesta que, singularmente, no fue presentada por la Alcaldesa o por alguno de los Concejales miembros que forman aquélla como viene siendo habitual sino por el Técnico Jurídico de Contratación.

Según se desprende de la Propuesta, su objetivo era doble. Por un lado, “regularizar la situación contractual” ya existente con las empresas de servicios de seguimiento de noticias. Por otro, “Instar al Jefe de Protocolo y Relaciones Institucional a que realice los contratos menores necesarios con dichas entidades”.

Respecto a la primera de las cuestiones, la situación contractual ya existente a que se refiere tiene su origen en el año 2016, momento en el que el gobierno municipal socialista decidió contratar un servicio para hacer seguimientos informativos referidos al ámbito de la Comunidad de Madrid por un importe total superior a los 12.300 euros por el periodo desde febrero a diciembre del citado año. Situación que se prorrogó durante el ejercicio 2017 y lo que llevamos de 2018 con el coste correspondiente para las arcas municipales. Cuando finalice la legislatura los ribereños habrán pagado por este servicio un total de casi 50.000 euros. Sin lugar a duda, existen decenas de actuaciones prioritarias a las que haber destinado tal montante económico en una ciudad ávida de múltiples obras y arreglos en sus calles y barrios.

Desde el Partido Popular ya nos pronunciamos sobre la irresponsabilidad de tal decisión dado que se trata de un gasto innecesario bajo todos los puntos de vista dado que la recepción de esa información referida a cualesquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid no resulta objetivamente precisa para el buen y normal funcionamiento de la Oficina Municipal de Información y Comunicación Institucional, que se nutre fundamentalmente de noticias estrictamente locales. Además las noticias sobre el resto de nuestra Comunidad ya se recogen en la prensa escrita y también en los numerosos diarios digitales, éstos en la mayoría de los casos con acceso gratuito. Con todo, se trata de un gasto superfluo y su contratación puede calificarse de indecente dada la mala situación económica de nuestro Ayuntamiento. Adicionalmente, y practicada la regularización referida en la citada Junta de Gobierno Local, se trataba de una contratación irregular desde el punto de vista de la legalidad.

Respecto de la segunda de las cuestiones decidida en la Junta de Gobierno Local de referencia, el ejecutivo municipal lejos de rectificar, poniendo fin a tan innecesaria contratación, ha autorizado al Jefe de Protocolo y Relaciones Institucionales a realizar estos  contratos en el futuro. Sorprende, a este respecto, sobremanera dos cuestiones. Que se asigne para tal cometido al Jefe de Protocolo -que no tiene competencias en el ámbito de la Oficina de Información y Comunicación- y que se le atribuya tal misión sine die.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal la siguiente PREGUNTA:

.- ¿Por qué se sigue insistiendo desde el gobierno municipal en estas contrataciones cuando es conocido que desde la Emisora Municipal no se considera útil ni necesario este servicio?

.- ¿Se solicitó al Director de la Emisora Municipal que emitiese Informe al respecto?

            .-En su caso, ¿en qué sentido se pronuncia el mismo?

.- ¿Cuál es el motivo por el que se solicitó la emisión de Informe al Jefe de Protocolo?

.- ¿Por qué se atribuye la celebración de los contratos para hacer seguimientos informativos a un jefe de servicio que no tiene competencias ni desarrolla tareas en el ámbito de la Oficina municipal de Información? 

.- ¿Por qué se le atribuye al Jefe de Protocolo la citada misión sine die?

.- ¿Cuáles son las deficiencias que observó el Jefe de Contratación en la anterior contratación de este servicio, y que se venía efectuando desde febrero de 2016, para llevarle a elevar la Propuesta de regularización ante la Junta de Gobierno Local?

 

 

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL SOBRE EL PALACIO DE OSUNA

El pasado miércoles dos de mayo, el fuego se cebó con uno de los edificios más representativos de esa denominada arquitectura doméstica que proliferó en el Real Sitio a partir de Fernando VI y que acompañó al levantamiento de la prohibición secular de establecimiento de población en el mismo. Nos referimos al Palacio de Osuna.

Situada en el eje sur del tridente, la zona más cercana y conectada con Palacio, la casa original fue un diseño de Santiago Bonavía que recibió el encargo de Fernando VI para dar morada a Carlos Broschi Farinelli. Terminada en 1751 vino a configurar –más tarde surgió el vecino Palacio de Manuel Godoy- la primera de las manzanas dispuestas por el arquitecto italiano en el primer plano urbano.

La denominación Osuna se debe a sus posteriores adquirentes –D. Pedro de Alcántara Téllez-Girón, noveno Duque de Osuna- que la incorporaron a sus propiedades en el año 1787. 

El Palacio de Farinelli o de Osuna es un bien incluido en el Catálogo Geográfico de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid con la nomenclatura CM/0013/199 Palacio de Osuna (inscripción de 27/02/2014) y está sujeto al régimen de protección establecido para los Bienes de Interés Patrimonial según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/2013, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y tener la consideración de yacimiento arqueológico documentado adecuadamente. 

El inmueble actualmente fraccionado en diferentes viviendas concita una veintena de propietarios; unas viviendas que antes del incendio presentaban un muy variado y distinto estado de conservación y mantenimiento. Desde la perfecta conservación que permitía el uso como vivienda habitual, pasando por zonas con aspecto abandonado, sucio y desocupadas y terminando por espacios, al parecer, ocupados ilegalmente de forma continuada u ocasional. Albergaba el edificio también dos negocios de hostelería en pleno funcionamiento.

Afortunadamente, en el incendio no ha habido que lamentar daños personales. A simple vista, en cambio, los daños materiales son relevantes. La cubierta ha sido consumida en su práctica totalidad por las llamas y el vacío que ha dejado deja adivinar que se han efectuado diferentes derrumbes. Pero hasta que los servicios técnicos municipales no puedan acceder al interior y realicen el preceptivo informe no sabremos el verdadero alcance de aquéllos.

Muchas son las cuestiones que se suscitan alrededor de un incendio del que a día de la fecha ni tan siquiera ha trascendido información, con suficiente credibilidad, relativa a la causa que lo originó.

Por otro lado, existen familias que han tenido que abandonar su hogar y buscar otro lugar en el que vivir dejando todo tipo de pertenencias y objetos personales en sus malogradas viviendas. Su atención, por parte del ejecutivo municipal, entendemos que debe estar a la altura de las circunstancias, cosa que no se está produciendo, al menos con todos ellos. Asimismo, y como se indicó, existen dos empresarios hosteleros que han visto truncada su actividad económica.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta al Pleno de la Corporación municipal la siguiente PREGUNTA:

.- ¿Han podido acceder los técnicos municipales al interior del Palacio y hacer el informe de valoración de daños y determinar el grado de estabilidad o colapso del edificio? 

.- En caso afirmativo: ¿Qué dice exactamente el informe o informes elaborados?; ¿Determinan, en su caso, que parte del edificio será utilizable? ; ¿Será preciso iniciar el expediente de declaración de ruina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid? 

.- En caso negativo: ¿Cuándo se ha previsto que podrán tenerse terminados los informes oportunos? 

.- ¿Desde el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid se ha emitido algún informe que refiera la causa del incendio y/o estado final de edificio tras el incendio?

.- En caso afirmativo: ¿Qué circunstancia señala como causa del incendio?; ¿Cuál es su dictamen sobre el estado del edificio?

.- ¿Qué tipo de actuaciones han llevado a cabo en el Palacio los agentes de Policía Nacional?

.- ¿Existía alguna ocupación ilegal, permanente u ocasional?; En su caso, ¿desde cuándo? 

.- ¿Cuándo se estima que podrán acceder los propietarios e inquilinos a sus domicilios para recoger sus enseres?

.- ¿Qué medidas ha adoptado el ejecutivo municipal contra las posibles actuaciones de vandalismo sobre el edificio y para evitar pillajes?

.- ¿Por qué no se ha llamado a todos los propietarios e inquilinos a fin de interesarse en qué situación personal han quedado y para proceder a hacer de cada familia una valoración de carácter social?

.- ¿Por qué no se ha tenido permanentemente informados, desde el día del incendio, de la situación existente y su posible evolución a todos los vecinos del inmueble?

 

 

RUEGO QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR A LA COMISIÓN INFORMATIVA DE TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS A LA CIUDAD, PATRIMONIO Y FIESTAS SOBRE EL PINAR DE LA COLONIA DE CABLES 

Hace escasos días la Alcaldesa y la práctica totalidad de los Concejales de la Corporación hemos recibido un email de un vecino de la Colonia de Cables exponiendo una serie de graves problemas que acucian de una solución por parte del ejecutivo municipal.

El texto íntegro del email es el siguiente:

Buenos días: 

El motivo de este correo que les remito no es otro que preocupación. En esta última semana hemos visto como nuestro amado Palacio de Osuna arda pasto de las llamas. La pronta actuación de la policía y bomberos hizo que no haya habido que lamentar daños personales pero si la pérdida de un patrimonio histórico que jamás volveremos a recuperar. 

El estado del pinar de la Colonia de Cables es lamentable, la basura y los cristales son su seña de identidad. Muchos intentan culpar a los grupos que todos los fines de semana utilizan la parte más baja de este espacio para jugar al Voleibol, pero no es así, esa zona es la más limpia de todas.

Soy vecino de la Colonia de Cables desde hace 10 años pero estoy muy dentro del barrio desde hace más de 30, mis abuelos vivían aquí y los mejores ratos de mi infancia los recuerdo en esta zona. 

Todos los años contemplamos como este pinar sale ardiendo, hace dos años muy cerca de las casas, concretamente la zona que actualmente está cercada. Este año las hierbas que pronto se secarán son muy altas y abundantes, buen caldo de cultivo para que ocurra una desgracia. 

Todos los años cuando se acercan estas fechas los vecinos comentamos asustados siempre lo mismo, sabemos que algún año las llamas llegaran a las casas, esto es una lotería. Somos trabajadores y pensionistas y nuestras casas es lo único que tenemos.

Ayer salió ardiendo uno de los contenedores de basura situados en la Avenida de Loyola justo en el comienzo de este pinar, junto al número 22 de esta calle. Imaginen una pequeña chispa o que los bomberos hubieran tardado un poco más tal y como está el pinar. Cada dos por tres sale ardiendo algún contenedor en la calle Alejandro Sureda, y la quema de contenedores en la calle Juan de Herrera frente al polideportivo de Las Olivas es más que habitual. En definitiva, que hay alguien por la zona que está muy interesado en tener el barrio en llamas. 

Ruego limpien esta zona lo antes posible, cuanto más nos acerquemos al verano las probabilidades de que ocurra una desgracia se aumentan exponencialmente.

Solo tienen que darse un pequeño paseo por la zona para comprobar su estado y preguntarse si les gustaría tener esa incertidumbre en sus casas mientras duermen. 

Soy consciente de que ese terreno es el famoso terreno de la deuda de INCOCASA, pero eso a los vecinos no nos hace descansar mejor, todo lo contrario, nos hace sentirnos desprotegidos ya que nadie se quiere hacer cargo del terreno y de nuestra seguridad.

Quedo a su entera disposición y espero su respuesta.

Un saludo.

Visitada la zona es imposible describir mejor el estado de la misma por lo que no cabe sino suscribir lo narrado por el vecino.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta a Comisión Informativa el siguiente RUEGO: 

.- Que con la máxima celeridad se proceda a hacer una profunda limpieza de la zona de referencia. 

.- Que se adopten las medidas necesarias de seguridad a fin de erradicar la quema de contenedores ubicados en el perímetro de la misma.

.- Que los jefes de servicio de los departamentos de obras y servicios y de policía local visiten la zona, contactando previamente con los vecinos a fin de que éstos les acompañen, al objeto de favorecer la atención y solución de cuantas otras cuestiones así lo requirieran y no aparezcan explícitamente citadas en el email mencionado.

 

  

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR A LA COMISIÓN INFORMATIVA DE TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS A LA CIUDAD, PATRIMONIO Y FIESTAS SOBRE CELEBRACIÓN DEL MERCARDO RENACENTISTA 

Los pasados días 13, 14 y 15 de abril se desarrolló en la Plaza de la Constitución el denominado I Festival/Mercado Renacentista. La empresa organizadora fue Eventos Bayarri y la Concejalía colaboradora la de Fiestas, según anunció la propia empresa.

Poco o nada ha transcendido sobre su celebración, ni antes ni después de la misma.

Nada se ha dicho por parte del ejecutivo sobre las razones que abonaron su oportunidad ni tampoco si la misma se hizo o no con el conocimiento y/o consenso del comercio y la hostelería local, singularmente del circundante de la propia Plaza del Ayuntamiento, dado que la oferta de productos y servicio hostelero de que se nutría el Festival/Comercio Renacentista era muy notable.

Por otro lado, es obvio que el desarrollo del citado Mercado causó una serie de gastos al Ayuntamiento que es oportuno calcular. Costes de luz, seguridad y limpieza que, entre otros, habrá que determinar.

Asimismo se hace preciso saber las causas o motivos de la elección, por parte del ejecutivo municipal, de la empresa Eventos Bayarri sobre las múltiples ofertas existentes y las condiciones que con la misma, en su caso, se pactaron desde el Ayuntamiento.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta a Comisión Informativa la siguiente PREGUNTA:

.- ¿Qué razones abonaron la oportunidad de celebración del citado Festival/Mercado Renacentista?

.- ¿Qué objetivos se perseguían desde la Delegación de Fiestas con su celebración?

.- ¿Se consensuó con las asociaciones de comerciantes y de hostelería local dicha celebración? 

.- ¿Se anunció e informó, previamente a su celebración,  a los comerciantes y hosteleros cuyos negocios están situados en las proximidades de la Plaza de la Constitución?

.-En su caso, ¿Manifestaron su acuerdo o su desacuerdo?

.- ¿Cómo y por qué se seleccionó a la empresa Eventos Bayarri?

.- ¿A qué importe se han elevado los gastos para el Ayuntamiento por dicha Feria/Mercado? 

.- ¿Se le cobró alguna tasa a la citada empresa?

             .-En su caso, ¿cuál o cuáles y por qué importe?

 

 

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR A LA COMISIÓN INFORMATIVA DE FORMACIÓN, EMPLEO, E INNOVACIÓN, ACTIVIDAD ECONÓMICA, TURISMO Y DEPORTES SOBRE SOLICITUD DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE DEPORTE Y SALUD CONVOCADA POR LA COMUNIDAD DE MADRID

Mediante la Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deporte de 2053/2016, de 23 de junio, se aprobó la Primera Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, cuyo objetivo es la colaboración de la Comunidad de Madrid con la Entidades Locales de su ámbito territorial, así como los entes vinculados o dependientes de estas, a través de la suscripción de convenios de colaboración para el desarrollo de proyectos en materia de actividad física y salud que promuevan la participación en ellos de los sectores de la población con más incidencia de sedentarismo y que contribuyan, en definitiva, a incrementar el número de ciudadanos de la región que practiquen actividad física.

Posteriormente, la Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deporte 1819/2017, de 22 de mayo, se aprobó la Segunda Edición del Programa.

Recientemente, se ha publicado la Orden del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes 196/2018, de 28 de febrero, por la que se aprueba la Tercera Edición.

El ejecutivo municipal ha venido despreciando esta colaboración por la que el Gobierno de la Comunidad sufraga el proyecto de que se trata en un 60%.

Por todo ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular presenta a Comisión Informativa la siguiente PREGUNTA:

.- ¿Ha solicitado este año el ejecutivo municipal la citada colaboración?

.- En caso afirmativo:

            .- ¿Para qué proyecto?

            .- ¿Cuál es la población destinataria del mismo?

            .- ¿Cuál es su presupuesto?

            .- ¿Qué acciones concretas comprende?

            .- ¿Cuál es el plazo específico de ejecución previsto?

.- En caso negativo:

            .- ¿Por qué?

  

PREGUNTA QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR A LA COMISIÓN INFORMATIVA DE FORMACIÓN, EMPLEO E INNOVACIÓN, ACTIVIDAD ECONÓMICA, TURISMO Y DEPORTES SOBRE SUBVENCIONES PARA JÓVENES DESEMPLEADOS 2018 

El pasado mes de abril, en el B.O.C.M. número 80, la Comunidad de Madrid convocó dos líneas de subvención para el año 2018. Una para la realización del Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración y otra para la realización del programa de activación profesional dirigida a personas jóvenes desempleadas de larga duración, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Ambas subvenciones tienen como beneficiarios a los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y a sus organismos autónomos, así como a entidades con competencias en materia de promoción de empleo, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

Estas subvenciones se destinan a financiar los gastos salariales y los costes de formación derivados de la contratación de los trabajadores desempleados.

Pueden participar en estos programas los jóvenes con residencia en la Comunidad de Madrid que, figurando inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, sean demandantes de empleo de larga duración, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden y que dispongan de cualificación profesional para el desempeño de la ocupación, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 4 de la Orden y cuya edad esté comprendida entre: — Mayores de 16 y menores de 25, o menores de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. — Mayores de 25 años y menores de 30 hasta que la tasa de desempleo de este colectivo se sitúe por debajo del porcentaje establecido en los artículos 88.d) y 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de Aprobación de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia.

Desde el Partido Popular, hemos repetido incesantemente que no podemos desaprovechar ninguna de las subvenciones que conlleve la puesta en marcha de una acción dirigida a los desempleados ribereños, y mucho menos como las que hoy tratamos en esta pregunta, dirigida a los jóvenes de nuestro municipio. La formación y la mejora de su empleabilidad son factores básicos para el futuro de cualquier profesional y más, para aquellas personas que carecen de experiencia debido a su juventud y a la falta de oportunidades.

Por todo ello el Grupo de Concejales del Partido Popular eleva a Comisión Informativa la siguiente PREGUNTA:

.- ¿Se ha solicitado por parte de alguna Delegación del Ayuntamiento o del O.A.L.D.E. alguna de estas dos subvenciones, dirigidas a los jóvenes desempleados de Aranjuez? 

.- Si ha sido así. ¿Cuántos jóvenes ribereños desempleados van a beneficiarse al amparo de estas líneas de ayudas, convocadas por la Comunidad de Madrid? 

.- Si no se han solicitado, ¿Cuál es la razón por la que el gobierno municipal ha desestimado concurrir a estas subvenciones?

 

ENMIENDA DE MODIFICACIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL, A LA PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS PARA “INSTAR A LA ALCALDESA PRESIDENTE A REALIZAR CONVENIOS DE COOPERACIÓN EDUCATIVA CON TODAS LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS EN EL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ”

Establece el artículo 48 del Reglamento Orgánico Municipal que una enmienda es la modificación de una propuesta, proposición o moción. El artículo 51 de dicho Reglamento dispone que “las enmiendas podrán ser de supresión parcial, de modificación, de adición y transaccionales y se adoptan por decisión de quien presenta la propuesta, proposición o moción tras el debate en el Pleno o en la Comisión Informativa”.

En atención a ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular propone al Pleno de la Corporación la adopción de la siguiente ENMIENDA DE MODIFICACIÓN a la Propuesta presentada por el Grupo municipal de Ciudadanos:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El vigente Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios establece en su Preámbulo que En nuestro ordenamiento, la primera regulación de las prácticas de los estudiantes universitarios se abordó en el  Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Cooperación Educativa que fue posteriormente modificado por el  Real Decreto 1845/1994, de 9 de septiembre. Añade el citado Preámbulo que En la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, introducida (por exigencias del proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior) con la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y desarrollada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se ha puesto un especial énfasis en la realización de prácticas externas por los estudiantes universitarios, previendo que los planes de estudios de Grado contendrán «toda la formación teórica y práctica que el estudiante deba adquirir», entre la que se mencionan «las prácticas externas».

Asimismo, expone el Preámbulo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio que En este mismo sentido, el Estatuto del Estudiante Universitario, aprobado por Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, reconoce en su artículo 8 el derecho de los estudiantes de Grado a «disponer de la posibilidad de realización de prácticas, curriculares o extracurriculares, que podrán realizarse en entidades externas y en los centros, estructuras o servicios de la Universidad, según la modalidad prevista y garantizando que sirvan a la finalidad formativa de las mismas» (apartado f) y a «contar con tutela efectiva, académica y profesional (…) en las prácticas externas que se prevean en el plan de estudios» (apartado g). Con mayor detalle, el artículo 24 de este Estatuto regula las prácticas académicas externas, sus clases y sus características generales, así como la extensión de su realización a todos los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida por las universidades o centros adscritos a las mismas.

En sintonía con sus predecesoras, la norma vigente – Real Decreto 592/2014, de 11 de julio – determina que las prácticas externas podrán realizarse en la propia universidad o en entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas en el ámbito nacional e internacional, al tiempo que indica que para la realización de las prácticas externas, las universidades o, en su caso, las entidades gestoras de prácticas a ellas vinculadas, suscribirán Convenios de Cooperación Educativa con las entidades colaboradoras.

En atención a todo el desarrollo normativo citado, el Ayuntamiento de Aranjuez viene celebrando Convenios de Cooperación Educativa con las universidades desde 1997, en la consideración de que establecer una colaboración con las mismas en materia de prácticas externas es beneficioso tanto para el Ayuntamiento como para los estudiantes y universidades. Que los alumnos de las universidades realicen sus prácticas en el Consistorio de Aranjuez no sólo promueve la imagen de la ciudad en el exterior. Permite un provechoso intercambio en el que el Ayuntamiento aporta la experiencia práctica en la gestión de casos reales y los alumnos aportan ideas y conocimientos teóricos novedosos y el impulso y frescura inherentes a todo estudiante universitario. Ha sido y es un óptimo mecanismo para mantener el espíritu y el ánimo con el que Aranjuez fue creado. Para recrear su vocación de relevancia, de aplicación de las tecnologías y conocimientos punteros de cada época, tanto en el campo de la construcción y la obra civil, como en el campo del urbanismo y la gestión del territorio, o en el campo de la gobernanza y la gestión de lo público.

ACUERDO 

1.- Instar a la Alcaldesa a suscribir Convenios de Cooperación Educativa con aquellas Universidades –públicas y privadas- de la Comunidad de Madrid con las que aún no se haya firmado y con aquéllas que habiéndose firmado hubieran dejado aquéllos de estar vigentes.

2.- Los citados Convenios deberán circunscribirse a aquellas especialidades que tengan relación con las competencias municipales y el desarrollo de las acciones propias de las Entidades Locales.

 

ENMIENDA DE MODIFICACIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO DE CONCEJALES DEL PARTIDO POPULAR AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL, A LA PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE ARANJUEZ AHORA PARA “QUE SE CREE EN EL PLAZO MÁXIMO DE UN MES UNA COMISIÓN ESPECÍFICA PARA ANALIZAR LA SITUACIÓN EN LA QUE SE ENCUENTRASN LOS DEPARTAMENTOS RELACIONADOS CON SANCIONES EN DIVERSAS MATERIAS EN ARANJUEZ”

Establece el artículo 48 del Reglamento Orgánico Municipal que una enmienda es la modificación de una propuesta, proposición o moción. El artículo 51 de dicho Reglamento dispone que “las enmiendas podrán ser de supresión parcial, de modificación, de adición y transaccionales y se adoptan por decisión de quien presenta la propuesta, proposición o moción tras el debate en el Pleno o en la Comisión Informativa”.

En atención a ello, el Grupo de Concejales del Partido Popular propone al Pleno de la Corporación la adopción de la siguiente ENMIENDA DE MODIFICACIÓN a la Propuesta presentada por el Grupo municipal de Aranjuez Ahora, modificando su parte propositiva final que quedaría en los siguientes términos:

1.- Constitución inmediata y urgente, en el plazo máximo de una semana desde la aprobación de la presente Proposición, de una Comisión de investigación al objeto de: 

.- Analizar los procedimientos sancionadores llevados a cabo en el departamento de sanciones al objeto de determinar sus posibles déficits, aportar mejoras que subsanen los mismos y establecer propuestas para su puesta en marcha.  

.- Determinar las causas o motivos que provocaron la prescripción, declarada por el ejecutivo municipal PSOE-In-par en la Junta de Gobierno Local celebrada el pasado 11 de abril, de los 97 expedientes sancionadores referidos a establecimientos de ocio nocturno.

.- Recabar, en el caso de que existan, todos los expedientes tramitados en el transcurso de la presente legislatura por el departamento de sanciones que hayan concluido por prescripción.  

2.- La Comisión deberá estar integrada por un Concejal de cada Grupo político y la Presidencia habrá de ser elegida entre sus miembros y recaer en un Concejal que no forme parte del equipo de gobierno municipal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Última vez modificado: 17 mayo, 2018

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